Novedades TIC´s
¿Qué empresas podrán beneficiarse con el Distrito Tecnológico?
Según el artículo 2 del Proyecto de Ley de Promoción de las Empresas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la Ciudad de Buenos Aires, serán beneficiadas las personas físicas o jurídicas radicadas o que se radiquen en el Distrito, cuya actividad principal en el mismo se refiera a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), a través de la realización de alguna de las siguientes actividades:
- Desarrollo y puesta a punto de productos de software originales registrables como obra inédita o editada elaborados en el país, o primera registración, en los términos de la Ley Nº 11.723;
- Implementación y puesta a punto a terceras personas sobre productos de software propios o creados por terceros, o de productos registrados en las condiciones descriptas en el inciso a) del presente artículo;
- Desarrollo total o parcial de sistemas, módulos, rutinas, procedimientos, documentación y similares, destinados para uso propio o para ser provistos a terceros, siempre que se trate de desarrollos integrables o complementarios a productos de software registrables en las condiciones del inciso a) del presente artículo;
- Desarrollo de software a medida;
- Prestación de servicios informáticos orientados a mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos, y la administración de la información y el conocimiento en las organizaciones, entre otros;
- Prestación de servicios informáticos vinculados a procesos de negocios, tanto para uso de terceros como para uso propio (Centros de Servicios Compartidos);
- Desarrollo de productos y servicios de software, existentes o que se creen en el futuro, que se apliquen efectivamente a actividades tales como e-learning, marketing interactivo, e-commerce, Servicio de Provisión de Aplicaciones (ASP), edición y publicación electrónica de información, y similares -siempre que se encuentren formando parte de una oferta informática integrada, y agreguen valor a la misma-, portales web;
- Servicios de diseño, codificación, implementación, mantenimiento, soporte a distancia, resolución de incidencias, conversión o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones, preparación de documentación para el usuario y garantía o asesoramiento de calidad de sistemas, productos de software;
- Desarrollo y puesta a punto de software embebido o insertado;
- Producción de hardware, entendiéndose por tal la fabricación de partes, piezas o componentes de equipos informáticos;
- Prestación de servicios de contact centers, incluyendo atención al cliente, asistencia técnica remota, ventas y otros.